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Fecha de efectos de la jubilación parcial: El Supremo aclara el inicio del cobro

Fecha de efectos de la jubilación parcial es el término legal que define el día exacto en que un trabajador adquiere el derecho a cobrar su pensión tras reducir su jornada laboral. El Tribunal Supremo, mediante su reciente sentencia de 17 de diciembre de 2025 (rec. 4122/2024), ha puesto fin a una larga controversia judicial, estableciendo un criterio unificado que afecta directamente a empresas y trabajadores.

El contrato de relevo marca el inicio oficial

La Sala de lo Social ha dictaminado que la fecha de efectos de la jubilación parcial no puede coincidir con la fecha de solicitud del trabajador si el contrato de relevo aún no se ha firmado. El Alto Tribunal recuerda que acceder a esta modalidad de jubilación no es un derecho automático ni unilateral; requiere, indispensablemente, de un acuerdo con la empresa y de la formalización de un contrato con un relevista.

Por tanto, si existe una demora entre la petición del empleado y la contratación del sustituto, no existe derecho a retroactividad. La pensión se empieza a devengar el día de la firma del contrato de relevo.

¿Por qué se rechaza la retroactividad de la pensión?

El Tribunal Supremo fundamenta su decisión en dos argumentos lógicos para evitar el enriquecimiento injusto y la inseguridad jurídica:

  1. Incompatibilidad de ingresos: Mientras se tramita el contrato de relevo, el trabajador sigue en su puesto a jornada completa y cobrando el 100% de su salario. La ley impide cobrar el salario íntegro y la pensión de jubilación simultáneamente.

  2. Requisitos constitutivos: La firma del contrato de relevo es un requisito "constitutivo" del derecho. Sin ese contrato, legalmente no se han cumplido las condiciones para la jubilación parcial.

¿Existe alguna excepción a esta fecha de efectos?

Aunque la norma general es clara, la sentencia matiza un escenario muy concreto. La fecha de efectos de la jubilación parcial solo podría retrotraerse si existiera una sentencia judicial firme previa que hubiera reconocido al trabajador un "derecho incondicionado" a jubilarse y la empresa hubiera actuado con mala fe retrasando la firma.

Sin embargo, en la inmensa mayoría de los casos, donde existe una negociación normal o dificultades organizativas justificadas por parte de la empresa para encontrar relevista, prevalecerá la fecha de la firma del contrato.

Importancia de contar con expertos en laboral en Badalona

La gestión de las jubilaciones parciales se ha convertido en un procedimiento técnico que requiere precisión. Un error en los plazos o en la interpretación de la "fecha de efectos" puede suponer una pérdida económica para el trabajador o una reclamación indebida para la empresa.

Para evitar estos conflictos, es vital contar con asesoramiento especializado. En Pérez Advocats, a través de nuestro departamento de asesoría laboral en Badalona, analizamos cada caso individualmente. Nos encargamos de coordinar la solicitud, el acuerdo de empresa y la contratación del relevista, asegurando que se cumple escrupulosamente con la doctrina del Tribunal Supremo.

Beneficios de una correcta planificación

  • Para la empresa: Seguridad jurídica y optimización de costes al gestionar los tiempos del relevista.

  • Para el trabajador: Claridad sobre cuándo empezará a cobrar realmente, evitando falsas expectativas sobre pagos retroactivos.

Pérez Advocats, tu seguridad jurídica laboral

En definitiva, la fecha de efectos de la jubilación parcial queda fijada en el momento de la suscripción del contrato de relevo. La sentencia del Supremo aporta claridad, pero también rigidez al procedimiento.

Si buscas expertos en laboral en Badalona, confía en Pérez Advocats. Nuestro equipo está preparado para guiarte en procesos de jubilación, contratación y litigios con la máxima profesionalidad y cercanía. No dejes tu futuro o el de tu empresa al azar; contáctanos hoy mismo y planifica tu jubilación con garantías.